jueves, 18 de noviembre de 2010

MUNICIPIO DE MARINILLA



POR 

ANDERSON GIRALDO 
ISABEL ROJAS

GENERALIDADES DEL MUNICIPIO DE MARINILLA

El descubrimiento del Valle de San José de La Marinilla por parte de los Españoles, tuvo lugar hacia el año de 1540, cuando dependientes del conquistador Jorge Robledo recorrieron distintas zonas de lo que hoy es el Oriente Antioqueño; tradicionalmente se ha señalado el año de 1690 como fecha de fundación de Marinilla, a la cual se le concedió el título de “Villa” el 21 de noviembre de 1787 por Real Cédula del Rey Carlos III. Fue fundada por don Juan Duque de Estrada y don Francisco Manzueto Giraldo. Algunos apelativos recibidos han sido  La Esparta Colombiana, Tierra de la arepa y Tierra de humoristas y de risas. `

Marinilla está localizada en la Cordillera Central de los Andes. Limita Al norte con el municipio de San Vicente y El Peñol; al este con  el municipio de  El Peñol y El Santuario; al sur con el municipio de El Santuario y El Carmen de Viboral y al oeste con el municipio del Carmen de Viboral  y Rionegro.


DATOS POBLACIONALES

Marinilla cuenta con una población total de 48.585 habitantes distribuidos así: en la zona urbana 36.316 y en la rural 12.269; el municipio de Marinilla se encuentra ubicado a los 6º10´32´´ de latitud norte y a 75ı25´17´´ de longitud oeste, en la región centro andina colombiana al oriente de la ciudad de Medellín. Tiene una extensión de 115 kilómetros cuadrados, de los cuales 5 corresponden al piso térmico medio y 110 al piso térmico frío. Las alturas oscilan entre los 1.900 y 2.400 metros sobre el nivel del mar. La temperatura media anual es de 17.1ºC y precipitaciones que oscilan entre 1800 y 2000 milímetros anuales. El Municipio cuenta con tres zonas de vida: El 53.3% de su superficie en bosque muy húmedo Montano Bajo con 15 veredas, 43.1% en bosque húmedo Montano Bajo con 12 veredas y el 3.6 % en bosque muy húmedo Premontaño. El Municipio hace parte de la Región del Altiplano del Oriente Antioqueño contando con el 6.3% de la población con 1.4% del territorio para una densidad de 327.9 habitantes por Km.2, la tercera del conjunto de los municipios de la región.
ECONOMÍA: el municipio de Marinilla cuenta con el sector primario constituido por la producción agropecuaria que ocupa el primer lugar dentro de la estructura económica del Municipio con un 55.11%, El sector secundario con la participación de las industrias que es de 16.89% y el sector terciario, conformado por el comercio y los servicios el cual es de 28.0%.


ARTESANÍAS E INDUSTRIAS: cuenta con diferentes Fábricas de Guitarras: desde el siglo XIX, Vinos de consagrar del Monasterio de la Visitación, Colchonerías, Confecciones (corsetería), Mueblerías, Textiles, Abonos, Cultivos de flores, Famiempresa de arepas, papas fritas, maní, fábrica de velas, fábrica de cepillos de cerda y sintéticos, partes electrónicas para motos, entre otras.


SERVICIOS PÚBLICOS: Son atendidos por las empresas: EPM (energía), CONHYDRA (acueducto y alcantarillado), ESPA (aseo) y UNE (Telecomunicaciones), estos son tanto a nivel urbano como rural.


VÍAS DE COMUNICACIÓN: vía pavimentada autopista Medellín - Bogotá al oriente del Departamento de Antioquia y a 35 minutos del Aeropuerto Internacional José María Córdoba y de la Zona Franca de Rionegro.
Su cabecera municipal está localizada a 47 kilómetros de Medellín.

  ALGUNOS  SITIOS DE INTERÉS CULTURAL Y TURÍSTICO DEL MUNICIPIO SON:


  • Capilla De Jesús Nazareno
  • Plazoleta de los Mártires
  • Monumento a La Batalla de Cascajo
  • Puente Cascajo en la vía Marinilla - Rionegro
  • Casa Simona Duque
  • Centro Cultural Valerio Antonio Jiménez
  • Centro recreativo Alcaravanes
  • Centro recreativo Barandales
  • Hostería del Camino Real
  • Unidad Deportiva Ramón Emilio Arcila
  • Granja Experimental (Román Gómez)
  • Plaza de Mercado y Ferias
  • Eco matadero Subregional
  • Relleno Sanitario.
  • Iglesia Nuestra Señora de La Asunción.
  • Iglesia de María Auxiliadora.
  • Museo Histórico y Arqueológico.
  • Casa de la cultura José Duque Gómez.
  • Monumento  a Simón Bolívar.

EDUCACIÓN: Servicio Demandado por la población en instituciones públicas y privadas:
  • Preescolar: 892 alumnos
  • Básica Primaria: 5.515 alumnos
  • Básica secundaria: 4.484 alumnos
  • Media: 1.493 alumnos
  • Total población escolar: 12.084 alumnos

CARACTERIZACIÓN Y PREVALENCIA DE LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD

En el Municipio existe un total de 785 discapacitados.
El  5,3% de la población de Marinilla presenta alguna discapacidad permanente. De estas el 5,7% en los hombres y el 4,9% en las mujeres.

De las 745 personas en situación de discapacidad que hay en el municipio 400 personas se encuentran incluidas. También cuenta con 2 aulas de apoyo de las cuales la una está en  la Institución Educativa San José y otra en la Institución Educativa Técnico Industrial Simona Duque y también cuenta con la Corporación El Progreso donde hay 120 PSD.



LEGISLACIÓN DEL MUNICIPIO  PARA LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD

En el municipio las leyes que se rigen son las que rigen a nivel nacional y departamental para las personas en situación de discapacidad como la constitución política de Colombia como los artículos:
“Art. 13: Establece la condición de igualdad en la que todas las personas nacemos y como el Estado promoverá la conservación de dicha igualdad en condiciones dignas.
Art. 42: Hace referencia a las  familias como núcleo fundamental de la sociedad y como el Estado y la sociedad deberá garantizar su protección permanente.
Art. 47: Aborda de manera específica la obligación del Estado de atender  de manera integral a los “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos” (sic).
Art. 68: Define lo referente a la educación que podrá impartirse en el territorio colombiano; la libertad para crear establecimientos educativos y la búsqueda de la eliminación del analfabetismo en Colombia.”
Estos artículos aquí propuestos hacen referencia más que todo a un conjunto de personas sin importar cual sea su diferencia solo se espera que a todos se acepten por igual.
Otras de las leyes con las que trabaja el municipio de Marinilla es la ley 115 del 1994 la cual es la ley general de la educación la cual señala las normas generales para regular el servicio público de la educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad. Se fundamenta en los principios de la constitución política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, en las libertades de la enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra y en su carácter de servicio público. El decreto 2082 de 1996 que dice que “se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales”, la ley 361 de 1997 por el cual “se establecen mecanismo de integración social de las personas con limitaciones y se dictan otras disposiciones” esta ley le exige al gobierno que tome medidas  permanente para la prevención, educación, rehabilitación, integración laboral, bienestar social, accesibilidad, eliminación de barreras arquitectónicas, transporte y acceso a las comunicaciones para personas con discapacidad y el decreto 366 del 2009 “por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva” que es el decreto actual para la atención y el apoyo para las personas en situación de discapacidad; aunque más que todo hacen énfasis al informe actual realizado por la UNESCO 2009 que se trata de la educación para todos.

POLÍTICAS, PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS

El municipio de Marinilla actualmente trabaja con los siguientes planes, programas y proyectos:
  • Acuerdo nº 44 de 2009 políticas públicas de discapacidad.
  •  Estatuto de accesibilidad y ordenanzas sobre discapacidad. (Héctor Iván González)
  • Plan  integral de atención a las personas con discapacidad.
  • Plan de infraestructura.
  • Asociación  municipal de discapacitados.
  • Consejo Municipal de Discapacidad.
  • El  banco de ayudas de equipos de locomoción.
  • Modelo de inclusion educativa.




DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE MARINILLA
Secretaría del Concejo Municipal


ACUERDO No 44 DE 2009

“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE DISCAPACIDAD PARA EL MUNICIPIO DE MARINILLA”


El Concejo Municipal de Marinilla, en uso de sus facultades legales y, en especial las que le confiere la ley 136 de 1994 y, en concordancia con la Ley 361 de 1997.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la Política Pública de Discapacidad para el Municipio de Marinilla.

ARTÍCULO SEGUNDO. La Política Pública General en materia de discapacidad para el Municipio de Marinilla se enmarca en el siguiente manifiesto “Marinilla promueve procesos orientados a la transformación de una cultura ciudadana que reconoce la discapacidad como una condición humana, fomenta la integración, la participación y el ejercicio de los derechos y deberes y contribuye a la construcción de un Municipio justo, equitativo y solidario”.

ARTÍCULO TERCERO. De conformidad con lo expresado en el artículo segundo, los componentes de la política pública en materia de discapacidad para el Municipio de Marinilla son:

1. PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN: El Municipio, la sociedad civil y las familias de Marinilla adoptarán estilos de vida saludable, mediante acciones personales, sociales y del medio ambiente orientados al control de factores de riesgo, a la detección temprana y al acceso oportuno a los servicios.

2. HABILITACIÓN / REHABILITACIÓN: Marinilla contará con una estructura coherente de procesos y servicios de habilitación/rehabilitación que permitan a la persona en situación de discapacidad y a su familia mejorar la funcionalidad, para facilitar su integración a las actividades cotidianas propias de su edad y de su cultura.

3. INTEGRACIÓN EDUCATIVA: Marinilla contará con un Sistema Educativo de calidad que permita la formación de ciudadanos capaces de ejercer y de asumir sus obligaciones en un entorno donde se respete la diferencia, se equiparen oportunidades y se garantice el acceso, la permanencia y la promoción en el sistema.

4. INTEGRACIÓN PARA EL TRABAJO: Marinilla, impulsará y desarrollará acciones que faciliten la integración socio-ocupacional de las personas en situación de discapacidad, para contribuir al reconocimiento de sus capacidades y de sus condiciones de ciudadano.

5. ACCESIBILIDAD: El Municipio de Marinilla desarrollará estrategias para la eliminación de barreras físicas, culturales y tecnológicas que impidan a la población en situación de discapacidad su integración al medio y su participación.

ARTÍCULO CUATRO. LÍNEAS DE ACCIÓN: Para la consecución de los enunciados generales y específicos que guían la política pública en materia de discapacidad para el municipio de Marinilla, las acciones de los diferentes sectores serán las siguientes:

1. Identificar factores de riesgo y protectores de la discapacidad.
Responsable: Dirección Local de Salud.

2. Diseño, implementación y difusión de programas de promoción de la salud y Prevención de la discapacidad.
Responsable: Dirección Local de Salud.

3. Organización y funcionamiento de la Red de Servicios de Habilitación /Rehabilitación y promoción de la formación del talento humano.
Responsable: Dirección Local de Salud.

4. Fortalecimiento del Plan Educativo Institucional con carácter integrador.
Responsable: Secretaría de Educación y Cultura.

5. Programar procesos de capacitación permanente y de formación de agentes educadores para la adecuada atención educativa a la población integrada al Aula Regular, tanto de los maestros de apoyo como de los docentes regulares. Educación Formal y No Formal.

6. Promoción y difusión de políticas de participación de la comunidad para fortalecer la gestión.
Responsable: Secretaría de Educación y Cultura.

7. Organizar la Red de Servicios de Integración socio-ocupacional de las personas en situación de discapacidad.
Responsable: Alcalde Municipal.

8. Promover la vinculación de las personas en situación de discapacidad a las diferentes modalidades de empleo de acuerdo con sus potencialidades.
Responsable: Alcalde Municipal.

9. Identificar y disminuir los obstáculos que dificultan a las personas en situación de discapacidad, el acceso a la recreación y al deporte, fomentando la práctica de los mismos.
Responsable: INDERMA.

10. Identificar y gestionar ante las entidades municipales y Departamentales la eliminación de obstáculos que dificulten a las personas en situación de discapacidad el acceso al medio físico, al social y al transporte, verificando la aplicación del Estatuto de Accesibilidad consagrado en la Ordenanza No. 14 de 2002.
Responsable: Secretarías de Obras Públicas y Tránsito.

PARÁGRAFO PRIMERO: La Administración Municipal, bajo la responsabilidad de la oficina de la Planeación, velará de manera permanente y sostenible por la inclusión en el Plan de Desarrollo de las acciones que garanticen la implementación de los enunciados propios de cada componente, como un aspecto sustantivo de la equidad social de todo orden. Para el efecto dispondrá de los medios y recursos necesarios para su ejecución.

Las diferentes dependencias de la Administración Municipal, incorporarán en sus Planes de Desarrollo Sectorial los proyectos o programas pertinentes al tema de discapacidad, los cuales deberán ser concertados con la Dirección Local de Salud y articulados con el Consejo Municipal de Atención a la Discapacidad.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Para cumplir con estas Líneas de Acción las diferentes secretarías e institutos descentralizados responsables, elaborarán el presupuesto para cumplir con el Plan de Acción.

PARÁGRAFO TERCERO: En caso de cambio de nombre de las dependencias o de cambio de funciones, la responsabilidad será de la Secretaria o dependencia que asuma las funciones.

PARÁGRAFO CUARTO: Cada dependencia responsable gestionará el apoyo para el cumplimiento de las obligaciones de las instituciones públicas y privadas que requiera para cumplir con su responsabilidad (SENA, I.C.B.F, COMFAMA, CORPORACIÓN EL PROGRESO, etc.)

ARTÍCULO QUINTO. PRESUPUESTO PARA LAS ACCIONES: Aquí queda lo consignado en los parágrafos Primero y Segundo del Artículo anterior.

ARTÍCULO SEXTO.dificultades en los temas pertinentes, según sector y/o dependencia.

ARTÍCULO SÉPTIMO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y sanción.

Dado en el Recinto Oficial del Concejo Municipal a los 10 días del mes de Septiembre de dos mil nueve (2009), luego de haber sido aprobado con modificaciones en dos debates; el primero en comisión y el segundo en plenaria, ambos celebrados en distintas fechas y en período ordinario.


DORA ISABEL SUÁREZ GIRALDO                    JOSÉ GILDARDO HURTADO ALZATE
                    Presidenta                                                            Secretario General


“UN CONCEJO PRESENTE EN LAS REALIDADES DEL MUNICIPIO”
E- mail: villaconce@yahoo.com -Teléfono 548 44 11-Calle 30 No 30-13




En el municipio de Marinilla, el currículo en todas las instituciones debe estar basado de acuerdo a los lineamientos que se encuentran en la ley 115 de 1994, en donde se habla de los fines, objetivos de la educación en cada uno de los niveles y también establece los proyectos obligatorios que se deben llevar a cabo en cada institución.


Es de anotar, que para la realización de esta  también se tienen en cuenta los estándares para cada una de las materias o áreas de la educación y también de las áreas obligatorias que están estipuladas en la ley 115 de acuerdo a todos estos lineamientos se elabora el plan de estudios, por áreas, grados y niveles de la enseñanza preescolar, básica y media; de igual manera se diseña la evaluación de los educandos teniendo en cuenta los proyectos pedagógicos de cada institución y el decreto 1290 de 2009. En el municipio todos los currículos de las instituciones son el mismo pero para la educación media se tiene un currículo diferente de acuerdo  a la modalidad que se trabaje en la institución, aunque el currículo en algunas de las instituciones de Marinilla no se encuentra adaptado, teniendo en cuenta a las personas en situación de discapacidad, porque en estas el currículo debe ser igual para todos lo único que se adapta son los contenidos y los logros de manera que las personas en situación de discapacidad puedan alcanzar los logros propuestos.


En instituciones como la Normal Rafael Maria Giraldo, el currículo no esta totalmente adaptado; sin embargo, con la ayuda de la docente del aula de apoyo se han ido planteando estrategias para ayudar a los niños con ceguera o baja visión, donde los hacen adelante con el fin de facilitarles la audición y la visión; con los niños que son ciegos del todo se esta gestionando para trabajar con el braille. Es de anotar, que en la institución se realizan pruebas saber, pero para los estudiantes con baja visión se le hacen las letras grandes o también se acompaña con un docente que les guíe el cuestionario para lo que ellos solo tienen que decir las respuestas que crean correctas.


POR 

ANDERSON GIRALDO 
ISABEL ROJAS



LICENCIATURA EN EDUCACIÓN ESPECIAL
UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
SECCIONAL ORIENTE

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